Formación Contínua PDF Print E-mail


■ ¿Qué es la formación Bonificada?

La formación en el empleo constituye un objetivo estratégico para reforzar la productividad en nuestras empresas y su competitividad en mercados nacionales e internacionales.

El nuevo subsistema de formación profesional para el empleo, es un plan de formación desarrollado bajo el amparo de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, la normativa que desarrolla este acuerdo es RD 395/2007 por orden TAS 2307/2007 del 27 Julio, que integra los subsistemas de formación ocupacional y formación continua en un único modelo dirigido a los trabajadores ocupados y desempleados.

El sistema de formación profesional para el empleo tiene como objeto impulsar y extender entre empresarios y trabajadores una formación que responda a sus necesidades y contribuya al desarrollo de una economía basada en el conocimiento, con un crecimiento económico sostenible, más y mejores puestos de trabajo y cohesión social.


■ Formación a medida de la empresa

Las empresas disponen de un presupuesto para la formación que pueden hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones en sus cuotas de la Seguridad Social. Con la ayuda de este crédito, las empresas podrán organizar y gestionar la formación de sus trabajadores con centros o entidades especializadas. En tal caso decidirán sobre los contenidos formativos que su empresa necesita, en el momento del año que elijan y con la modalidad de impartición que mejor se adapte a sus requerimientos.


■ Fines del sistema

■ Contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas.
■ Mejorar las posibilidades de empleo de los trabajadores, especialmente de lo que tienen mayores dificultades en el mercado laboral.
■ Promover la acreditación de las competencias profesionales adquiridas, tanto a través de procesos formativos como de la experiencia laboral.


■ Presupuesto de formación para la empresa


El crédito de formación es la cantidad máxima de la que puede disponer cada empresa para bonificarse durante el ejercicio correspondiente. Para el año en curso, el crédito anual de formación continua se determinará aplicando a la cuantía efectiva ingresada por la empresa en el año anterior a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.
En base al presupuesto de formación que tiene cada empresa, se pueden realizar todo tipo de acciones formativas adaptadas a las necesidades de la misma. Estas acciones formativas se impartirán sin coste alguno para las empresas, ya que está sufragado al 100 % por el presupuesto de formación. El crédito mínimo de que dispone la empresa es de 420€ para entidades que tengan de 1 a 5 trabajadores inclusive. A partir de 6 trabajadores en adelante, el presupuesto de formación se incrementa en función de la cotización general de la empresa.


■ Bonificiación en las cotizaciones a la seguridad social


Una vez realizada la formación, las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social podrán aplicarse a partir del boletín de cotización correspondiente al mes en que finaliza el grupo o grupos que reciben una acción formativa y en los meses subsiguientes hasta completar el crédito de formación al que la empresa tenga derecho.
En todo caso, con anterioridad a la fecha en que finaliza el plazo de presentación del boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre. Por lo tanto la empresa se descuenta la totalidad del importe de la formación realizada, siendo el saldo resultante cero, es decir, totalmente gratuito.

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